No puedo pagar más, me quedé sin trabajo, ¿será posible rebajar el monto que pago por conceptos de pensión alimenticia? Esta es una duda muy recurrente en nuestros comentarios y te la explicaremos en detalle a continuación.
¿Qué es la rebaja en la pensión alimenticia?
La rebaja en la pensión de alimentos es la solicitud legal que hace un padre o una madre (ante tribunales) para que un juez permita que el monto que está pagando actualmente por pensión alimenticia sea rebajado.
Argumentos para pedir la rebaja
Ya sabemos qué es la rebaja en la pensión alimenticia, pero ¿por qué un juez aceptaría esta rebaja? ¿Por qué un juez permitiría que se pague menos dinero (menos pensión) para el hijo de la persona?
La ley es clara y existen dos argumentos claves para que un juez acepte esta rebaja. ¿Cuáles? Los vemos a continuación:
- Cambio en la situación económica del padre: si el papá o mamá que está pagando la pensión de alimentos cambia su realidad económica (pierde el trabajo, está cesante o gana menos de lo que ganaba anteriormente), entonces es probable que el juez acepte una rebaja en el pago de la pensión alimenticia.
- Cambio en la situación económica del hijo: Si el hijo que está recibiendo la pensión tiene menos necesidades y gastos (tiene un beca de estudios o un trabajo remunerado), entonces hay otro argumento válido para pedir la rebaja en la pensión.
Estos dos puntos pueden ir juntos o separados. No es necesario que cambien ambas situaciones económicas para que el juez lo acepte. Basta con que cambie sólo la del padre o sólo la del hijo para que puedas pedir una rebaja. Si van juntas será mucho más fácil, pero no es necesario que así sea.
Proceso de rebaja de pensión alimenticia
Ya sabemos qué es y cuáles son los argumentos para pedirla, pero ¿cómo es el proceso para solicitar una rebaja en la pensión de alimentos? El proceso consta de varios pasos que revisaremos en detalle en los siguientes puntos.
Mediación
El primer paso que exige la ley es que ambos padrea realicen una mediación. Pero ¿qué es una mediación? Como hemos explicado en otros artículos, la mediación es un proceso en el que las partes involucradas (cónyuges o padres), asisten a una reunión con un mediador, que no es más que una persona capacitada para conversar con ambos y tratar de que lleguen a un acuerdo sin que tengan que iniciar una demanda.
En la mediación, se sentarán ambos padres o ambos cónyuges y pondrán sobre la mesa los argumentos de por qué creen que se debe y no se debe rebajar la pensión alimenticia. El mediador usará todas sus herramientas para que logren llegar a un acuerdo formal y el tema no siga avanzando.
Si se llega a un acuerdo, entonces todo lo que acordaron será escrito en un documento llamado acta de mediación y será presentado ante tribunales. Lo que ahí diga será válido legalmente.
Ese documento, el acta de mediación, puede decir por ejemplo que ambos padres acuerdan bajar el monto de la pensión alimenticia a cierta cantidad (definida por ellos) y sólo hasta que el padre que debe pagar encuentre un nuevo trabajo o un trabajo mejor remunerado. El documento puede decir también que a acuerdo de ambos, el monto seguirá siendo el mismo y no habrá rebaja.
Como ven todo dependerá del acuerdo al que lleguen ambas partes.
Si no se llega a un acuerdo en esta mediación o si una de las partes falta a la reunión a la que fue citada (puede faltar, no es obligación ir), entonces se decretará un documento llamado acta de mediación frustrada, en el que se indica que no se logró llegar a un acuerdo entre las partes y que se puede continuar entonces con la demanda.
Juicio de rebaja de alimentos
Con la mediación frustrada podemos pasar al siguiente paso: ¿cuál? una demanda para que se rebaje el monto a pagar por la pensión alimenticia.
Este proceso es simple. La persona que está pidiendo la rebaja, debe acercarse a tribunales de familia junto a su abogado y presentar los siguientes documentos:
- Acta de Mediación Frustrada: documento que indica que no se llegó a un acuerdo en la mediación.
- Certificado de nacimiento de el o los hijos: este punto también es importante y sirve para acreditar que las personas a quien se les paga los alimentos son sus hijos.
- Certificado de pensión de alimentos: se debe llevar también el documento legal que decretó el juez en una primera instancia y que indica el monto que debe pagar mensualmente por conceptos de alimentos.
- Demanda: por último deberá llevar una demanda (redactada por su abogado) en donde estén todos los argumentos que indiquen por qué se está solicitando esta rebaja y el monto que se está pidiendo pagar.
Presentados todos los documentos el juez citará a dos audiencias: preparatoria y de juicio.
En la audiencia preparatoria se presentarán todas las pruebas y argumentos por los cuales se está solicitando la rebaja y en la audiencia de juicio se dirá se se aceptó o negó la solicitud.
Posibles decisiones del juez
Este punto es clave: ¿qué puede decir el juez respecto a esta demanda? Hay 3 posibles opciones:
- Aceptar: en primer lugar el juez puede aprobar la rebaja considerando que la persona se encuentra en una situación económica precaria (sueldo muy bajo o sin trabajo) y por lo tanto aceptar que se pague una cantidad menor a la que se estaba pagando.
- Rechazar: el juez puede también negar la demanda. ¿por qué haría esto? porque considera que la persona está en todas sus capacidades para trabajar o buscar trabajo y que las necesidades del menor son más importantes.
- Mixta: por último podría aceptar la rebaja pero sólo por un tiempo, es decir hasta que la persona encuentre trabajo o reciba un aumento de sueldo.
Lo que el juez NUNCA podrá decir es que NO se pague la pensión alimenticia. Puede dejarla en el monto mínimo (40% del sueldo mínimo si es que hay un hijo y un 30% del sueldo mínimo si hay más de un hijo), pero JAMÁS decretar el no pago de los alimentos.
¿Qué ocurre si no estoy de acuerdo con la decisión del juez?
Este punto también es importante. Si la otra parte (es decir quien NO paga la pensión) no está de acuerdo con lo que decretó el juez, tiene 5 días hábiles para presentar en el mismo tribunal una solicitud para que se revise la resolución.
Si se hace esto, el juez buscará levantará el reclamo a la corte de apelaciones y ahí se buscará una nueva solución o se mantendrá la misma sentencia.
Demanda de alimentos provisoria
¡Atentos! Cuando contacten a su abogado para pedir la rebaja en la pensión alimenticia, pídanle también que pida una demanda de alimentos provisoria. ¿qué es esto? Es una solicitud al juez para que durante los meses que dura este juicio, se apruebe una rebaja en el pago, sin importar la decisión final que se vaya a tomar.
Imaginemos lo siguiente: Yo Juan Andrés me quedé sin trabajo y quiero pedir una rebaja en el pago de la pensión. El juicio durará 4 meses aproximadamente. ¿Durante esos 4 meses deberé seguir pagando lo mismo (el monto alto) a pesar de no tener trabajo?
La respuesta es sí y no y dependerá de tu abogado.
Si tu abogado no solicita la rebaja de alimentos provisoria, entonces deberás pagar lo mismo durante el juicio y luego acatar lo que diga el juez (el juez puede decir que acepta o rechaza la rebaja).
Ahora bien, si tu abogado pide la rebaja provisoria y la aceptan, durante todo el tiempo que dure el juicio podrás pagar el monto que estás solicitando rebajar. Esta es una excelente noticia y un alivio para quienes buscan una rebaja en el pago.
¡Ojo! La rebaja provisoria se pide al mismo tiempo en que se ingresa la demanda en tribunales (debe hacerlo tu abogado) y es aceptada o rechaza inmediatamente (no hay que esperar nada). En la mayoría de los casos es aprobada por el juez.
¿Cuánto demora una demanda por rebaja alimenticia?
La demanda para pedir la rebaja no debería durar más de 3 o 4 meses después de realizada la mediación. Es un proceso corto, no se preocupen.
Rebaja de alimentos voluntaria
Ya vimos qué es la rebaja en la pensión de alimentos, cuáles son los argumentos para solicitarla y cómo es el proceso, pero ¿sabían que existe otro proceso voluntario para esto? ¿A qué nos referimos?
Un proceso voluntario ocurre cuando ambas partes, el padre y la madre, están de acuerdo en que exista esta rebaja. De ser así no hay que ir a tribunales y se evita todo el juicio (y también la mediación).
Pero ¿cómo se acredita este proceso? Lo primero que hay que hacer es llegar a un acuerdo verbal con la madre o el padre de mis hijos. Dejando todos los puntos claros y acordados ambas partes deben redactar un documento legal (en conjunto con su abogado) y firmarlo ante un notario público (en una notaría).
Este documento debe incluir los acuerdos a los que se llegó (por ejemplo que se acepta la rebaja o que se acepta mientras el padre o madre encuentran un trabajo).
Este documento es tan válido y legal como una resolución por parte del juez. ¿Qué quiere decir esto? Que si se aceptó la rebaja, la persona no podrá exigir que se pague más (excepto que inicie una demanda para aumentar el monto) y que si la persona deja de pagar arriesga las mismas sanciones por una deuda de pensión alimenticia (recuerda que pueden ser incluso cárcel).